Ya están aquí las Fiestas Patrias y el orgullo mexicano se siente en el aire. En estos días, va a ser común ver los símbolos nacionales en todos lados, pero ¿qué tanto sabemos sobre ellos?
Muchos mexicanos tuvieron la típica clase de Civismo en la secundaria, pero ya pasaron unos ayeres desde ese entonces y puede que no recuerdes nada. En realidad, todo lo que tienes que saber sobre los símbolos patrios está condensado en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
En De10.mx nos echamos un clavado entre los artículos contenidos en este texto y te presentamos 10 cosas que dice la ley sobre nuestros estandartes e Himno Nacional, para que festejes la Independencia como debe ser ¡Toma Nota!
“La Bandera Nacional saludará, mediante ligera inclinación, sin tocar el suelo”. Pero no cualquiera es digno de este honor, porque la Bandera solo puede saludar a “a otra Bandera, nacional o extranjera; en ceremonia especial, a los restos o símbolos de los héroes de la Patria; y para corresponder el saludo del Presidente de la República o de un Jefe de Estado extranjero”.
“El saludo civil a la Bandera Nacional se hará en posición de firme, colocando la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia abajo, a la altura del corazón”. Si eres hombre debes descubrirte también la cabeza. “El Presidente de la República, como Jefe Supremo de las fuerzas armadas, la saludará militarmente”.
“Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente con composiciones o arreglos”. Además, no está permitido “cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro”.
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(Foto: Xinhua/Alejandro Ayala)
“Para cantar o ejecutar los himnos de otras naciones en territorio nacional, se deberá tramitar la autorización correspondiente ante la Secretaría de Gobernación”, respetando lo que señalen las normas de cada país.
“Cuando se requiera destruir alguna réplica de la Bandera Nacional, se hará mediante la incineración, en acto respetuoso y solemne”.
Un modelo de la Bandera Nacional, autenticado por los tres poderes de la Unión, permanecerá depositado en el Archivo General de la Nación y otro en el Museo Nacional de Historia.
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“La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo”. El Escudo Nacional debe medir “un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja” y entre la anchura y longitud de la bandera debe haber una proporción “de cuatro a siete”.
(Foto: Horacio Zamora/ El Universal)
En los actos oficiales de carácter internacional sólo podrán izarse o concurrir las banderas de los países con los que el Gobierno Mexicano sostenga relaciones diplomáticas. En el caso de eventos culturales y deportivos, se pueden izar o concurrir otras banderas, aunque no haya una relación diplomática.
La ley marca que las personas físicas podrán usar la Bandera Nacional en sus vehículos o exhibirla en sus lugares de residencia o de trabajo, SIEMPRE Y CUANDO LO HAGAN CON RESPETO. En estos casos, las banderas pueden ser de cualquier dimensión.
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